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Reclamación de cantidad. Interrupción de la prescripción. Correo electrónico

A efectos de interrumpir la prescripción en materia de remuneraciones que la persona trabajadora considera adeudadas, es suficiente el correo electrónico remitido por quien aparece como su abogado, sin necesidad que desde ese mismo acto comunicativo se identifique con precisión la causa y cuantía de lo reclamado. STS nº 747/2023 de 17 de Octubre de 2023

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